El gobierno de Santa Fe dispuso, a través del decreto Nº 1640, un cronograma progresivo de la vuelta a la actividad turística en el territorio provincial.
La norma establece que a partir del sábado 5 de diciembre de 2020 se habilita para:
1-el turismo interno de residentes de la provincia de Santa Fe;
2- los propietarios de inmuebles o complejos turísticos, aunque no
sean residentes en la provincia, para concurrir y alojarse en los que son de su
propiedad;
3- para el turismo receptivo de personas residentes en otras provincias, cuyo destino turístico se encuentre en los Departamentos Caseros, Constitución, General López, Rosario y San Lorenzo.
A partir del lunes 21 de diciembre de 2020, el decreto N°1640 establece que se habilitará el turismo receptivo de personas residentes en otras provincias, en el resto del territorio provincial.
La autorización está sujeta al cumplimiento de los protocolos de las distintas actividades: alojamientos, cabañas, campings, playas y balnearios, guías de pesca y embarcados y turismo aventura; ocupación de hasta un 50% de las plazas disponibles; y seguimiento de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria.
Las personas que quieran participar de las actividades turísticas en la provincia deberán registrarse en la aplicación móvil de la provincia de Santa Fe y completar con carácter de declaración jurada los datos que se requieren en la misma.
Además, tendrán que obtener el certificado de circulación disponible en www.argentina.gob.ar/verano; y acreditar la reserva de un servicio o alojamiento turístico autorizado.
En el caso de viajar con menores de edad, el adulto responsable deberá consignar sus datos en la aplicación santafesina, en el campo asignado al efecto.